Cómo pagar impuestos en Colombia
En este capítulo podrá encontrar una descripción conceptual de los regímenes tributarios a nivel nacional, departamental y municipal. Es importante conocer lo siguiente:
Impuesto al Valor Agregado (IVA):
La tarifa general es del 19%. No obstante, hay algunas tarifas diferenciales del 0% y el 5% para determinados productos o servicios. Igualmente, existen bienes y servicios que están excluidos del IVA.
Impuesto sobre la renta:
La tarifa del impuesto sobre la renta es de 33%. Además, la renta líquida en exceso de COP 800 millones (aproximadamente USD 263.000) está sujeta a una sobretasa del impuesto sobre la renta del 4% para 2018. Por lo tanto, las tarifas combinadas del impuesto sobre la renta son aproximadamente del 37% para 2018 y 33% a partir de 2019.
Algunas actividades que en el pasado generaban rentas exentas en la actualidad están sujetas a una tarifa del 9% (en lugar 33% a partir del 2018), más la sobretasa del impuesto de renta, si fuera aplicable.
Régimen de Zonas Francas:
Las zonas francas son áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, donde se desarrollan actividades industriales de bienes y de servicios o actividades comerciales, bajo una normatividad especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior.
El régimen de Zonas Francas colombiano contempla una tarifa del impuesto sobre la renta del 20% y no aplica sobretasa del 4% en 2018.
Deducciones especiales del impuesto sobre la renta:
Se contemplan diversos beneficios tributarios (exenciones, descuentos tributarios, deducciones especiales, entre otros) encaminados a incentivar sectores prioritarios para la economía nacional, fortalecer la inversión social y activos de las empresas del país, así como otros cuyo objetivo es generar más empleo formal.
Algunos de ellos son:
- Las inversiones realizadas en investigación, desarrollo, tecnología e innovación podrán ser 100% deducidas en el período gravable en el que se realicen. Adicionalmente, en este caso podría proceder un descuento tributario por estas inversiones, como se señala más adelante.
- Deducción adicional equivalente al 50% de la inversión realizada en la producción y utilización de fuentes de energía renovables no convencionales.
- Posibilidad de tomar depreciación acelerada (hasta una tasa del 20% anual) en maquinaria, equipos y obras civiles necesarias para la preinversión, inversión y operación de la generación con fuentes de energía renovable no convencionales.
- Es deducible el 100% de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente.
- A partir del año gravable 2017, los contribuyentes tendrán derecho a deducir para el cálculo de su base gravable del impuesto sobre la renta el valor pagado por concepto del Impuesto sobre las Ventas por la adquisición o importación de bienes de capital gravados a la tarifa general.
Rentas exentas:
- Las rentas exentas establecidas en la Decisión 578 de la CAN (en este caso los ingresos solo se gravan en el país de la fuente, y en el país de la residencia el ingreso exento).
- El pago del principal, intereses, comisiones y demás conceptos relacionados con operaciones de crédito público externo, siempre que se pague a personas sin residencia ni domicilio en el país.
- Venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa, residuos agrícolas, solar, geotérmica o de mares, realizada únicamente por las empresas generadoras, por un término de quince (15) años a partir del 2017, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
- La prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado, por un término de quince (15) años a partir de la vigencia de la Ley 1819 de 2016.
- El aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales.
- Rentas asociadas a la vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario.
- Indemnizaciones por seguro de vida.
Actualizado (dd/mm/yyyy): 26.02.2018