La propiedad intelectual protege todas aquellas creaciones derivadas del intelecto humano y se divide en propiedad industrial y derechos de autor.
La propiedad industrial protege las creaciones intelectuales tales como los inventos, los modelos de utilidad, los diseños industriales, los signos distintivos, entre otros. Estos derechos se reconocen a partir de su registro en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que es la autoridad oficial para este tema en Colombia.
Por otro lado, los derechos de autor protegen las obras producto del intelecto humano en función de los intereses personales del autor sobre dicha obra. Estos se dividen en morales y patrimoniales. Los primeros se refieren al derecho que protege la obra del autor contra modificaciones realizadas a dicha creación. Los segundos se refieren a derechos de exclusión o autorización para la explotación de su obra y se protege la reproducción, comunicación pública, distribución y transformación.
No pierda de vista:
- La protección de marcas se otorga por 10 años y se pueden prorrogar por otros 10 de manera indefinida. El registro permite hacer un uso exclusivo de la marca y su explotación comercial con relación a los productos y/o servicios para los cuales fue concedida.
- Para mantener vigente una patente de invención o modelo de utilidad durante su plazo de duración (10 o 20 años respectivamente), se debe hacer el pago de tasas de mantenimiento anuales, después de la concesión.