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En Colombia, la protección de los datos personales es reconocida como un derecho fundamental, por lo que su cumplimiento es estricto y prioritario para cualquier empresa que opere o preste servicios digitales.

  • El marco legal está integrado principalmente por la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y la Ley 1266 de 2008 (Habeas Data).
  • La regla general de contar con la autorización previa, expresa e informada del titular y el cumplimiento estricto del principio de finalidad.
  • La implementación del principio de responsabilidad demostrada mediante el diseño de un Programa Integral de Gestión de Datos Personales y Políticas de Tratamiento.
  • La conveniencia de designar un Oficial de Datos Personales y la obligación de adoptar medidas de seguridad de la información y gestión de incidentes.
  • La obligación de inscribir y actualizar las bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la SIC para empresas con activos superiores a 100.000 UVT.

Implementar esquemas adecuados de gobierno de datos previene sanciones administrativas de hasta 2.000 SMMLV e incrementa la confianza en el mercado.